Permisos de Residencia Permanente

Permiso de Residencia Jubilado Pensionado.

Podrá solicitar este permiso el extranjero que reciba jubilación o pensión por parte de gobierno extranjero, organismo internacional o empresa privada, que ingresen al territorio nacional para radicarse en él y cuente con suficientes medios económicos para sufragar todos sus gastos de subsistencia y los de sus dependientes en el país. La renta o pensión mensual no podrá ser inferior a mil balboas (B/.1,000.00) y debe estar concedida en forma vitalicia.

En el caso de que el solicitante pruebe que ha adquirido una propiedad a título personal en el territorio nacional por una suma superior a los cien mil balboas (B/.100,000.00), la pensión podrá ser por un mínimo de setecientos cincuenta balboas (B/.750.00).

Requisitos: 
1. Poder y Solicitud (notariado).
2. Tres (3) fotografías.
3. Copia debidamente cotejada del pasaporte (Notario).
4. Certificado de Antecedentes Penales o declaración jurada ante Notario.
5. Certificado de Salud.
6. Formulario de Declaración Jurada de Antecedentes Personales.
7. Certificación de su condición de jubilado o pensionado por gobierno extranjero, organismos internacionales o empresas privadas, en la que se acredite que recibe una pensión vitalicia no inferior a mil balboas (B/. 1,000.00) mensuales o su equivalente en moneda extranjera.
8. Si la jubilación o pensión proviene de una empresa privada, deberá aportarse además de lo señalado anteriormente:
8.1. Carta de una empresa extranjera de administración de pensiones, de fideicomiso, de fondos mutuos, de seguros o de banca, que certifique que administra fondos para la empresa o el solicitante.
8.2. Certificación de existencia y vigencia de la empresa, que otorga la pensión y administra el fondo.
8.3. Copia de comprobante de pago o estado de cuenta del banco.

Nota Importante: En los casos de los cónyuges se podrá optar por acreditar las sumas de ambos para cumplir con el mínimo de la pensión establecida que es de mil balboas (B/.1,000.00).

En los casos de hijos dependientes, su permiso será temporal hasta que cumplan veinticinco (25) años siempre y cuando prueben que realizan estudios completos, no obstante no tendrán derecho a la permanencia ni a la condición de pensionado. A excepción de aquellos hijos dependientes que sufran una discapacidad profunda comprobada.

Permiso de Residencia Reagrupación Familiar Dependiente de Residente Permanente.

Podrán solicitar este permiso de residencia los extranjeros cónyuges, hijos menores de dieciocho (18) años, familiares con discapacidad y padres dependientes, de un residente provisional de dos (2) años, residente permanente o nacional.

Los hijos solteros mayores de dieciocho (18) años hasta veinticinco (25) años, podrán ser solicitados como dependientes, siempre que estudien de forma regular y se encuentren bajo la dependencia económica del residente o nacional. El residente o nacional que demuestre tener la tutela o guarda y crianza de una persona menor de edad podrá solicitarlo como dependiente.

Los solicitantes de este permiso deberán permanecer dos (2) años en una residencia provisional para luego optar por la permanencia.

Requisitos:

1. Poder y Solicitud.
2. Tres (3) fotografías.
3. Copia debidamente cotejada del pasaporte.
4. Certificado de Antecedentes Penales.
5. Certificado de Salud.
6. Cheque Certificado por B/250.00 a favor del Tesoro Nacional.
7. Cheque Certificado por B/800.00 a favor del Servicio Nacional de Migración.
8. Formulario de Declaración Jurada de Antecedentes Personales.
9. Carta notariada de responsabilidad del residente o nacional.
10. Constancia de parentesco (certificado de matrimonio, nacimiento o constancia judicial).
11. El solicitante mayor de edad y menor de 25 años deberá aportar:
11.1. Certificado de un centro educativo para certificar su condición de estudiante a tiempo completo y de forma regular.
11.2. Declaración Jurada de soltería.
12. Prueba de que el residente cuenta con la solvencia económica suficiente, la cual podrá acreditarse mediante una de las siguientes formas:
12.1. Declaración de renta con su paz y salvo, y la misma debe cumplir con un ingreso mínimo de B/1000.00 mensuales, más B/100.00 por cada dependiente.
12.2. Carta de trabajo actualizada con su respectivo talonario o ficha de la CSS y copia del permiso de trabajo.
12.3. Carta de referencia bancaria no inferior a cuatro cifras medias.

Para Solicitar la Residencia Permanente se presentarán los requisitos anteriores con excepción del Certificado de Antecedentes Penales y los cheques.

Permiso de Residencia bajo el Convenio de Países Amigos.

Este Permiso de residencia se otorga a los nacionales de ciertos países, en virtud de los acuerdos de amistad y colaboración que ha suscrito la República de Panamá con dichos países. Actualmente, esa lista consta de 50 países, de acuerdo con el Decreto Ejecutivo No. 226 de 20 de julio de 2021. A esta visa puede aplicar el extranjero y con él, sus dependientes (cónyuge, hijos menores de 25 años y padres). Esta visa otorga un permiso de residencia provisional por dos años y luego de transcurrido este periodo pueden optar por la residencia permanente con derecho a naturalización en el futuro. Los tiempos para la naturalización dependen de la nacionalidad del solicitante.

Requisitos:
1. Poder y Solicitud (notariado).
2. Tres (3) fotografías.
3. Copia debidamente cotejada del pasaporte.
4. Certificado de Antecedentes Penales.
5. Certificado de Salud.
6. Cheque Certificado por B/250.00 a favor del Tesoro Nacional.
7. Cheque Certificado por B/800.00 a favor del Servicio Nacional de Migración.
8. Formulario de Declaración Jurada de Antecedentes Personales.
9. Documento que demuestre la finalidad para establecer su residencia (actividad económica o profesional a realizar, inversión en bien inmueble o un plazo fijo por el monto de B/.200.000,00).
10. Copia del documento de identidad o carné de su país.
11. En caso de dependientes: Carta de responsabilidad / Constancia de parentesco / Prueba de domicilio / Mayor de 18 años presentar certificado de soltería y estudios certificados. Certificación bancaria o estado de cuenta del último mes que refleje saldo no inferior a cuatro cifras medias u otra que demuestre sus ingresos y que sea aceptable al Servicio Nacional de Migración.

La Visa Países Amigos es un programa especial de inmigración donde los ciudadanos de países seleccionados que tienen vínculos profesionales o económicos con Panamá son elegibles para solicitar la residencia permanente, y tienen derecho a obtener un permiso de trabajo el cual se otorgará de forma provisional por tres (3) años prorrogables por el mismo término.

Requisitos:
1. Poder y solicitud mediante abogado en papel simple, original y copia.
2. Copia autenticada de la resolución emitida por el Servicio Nacional de Migración, mediante la cual se le otorga al extranjero su permiso de residencia permanente.
3. Certificado expedido por el Servicio Nacional de Migración, donde conste el estatus migratorio del solicitante (B/.8.00 de timbres).
4. Copia debidamente autenticada ante Notario Público, del carné emitido por el Servicio Nacional de Migración, en donde consta el Permiso de Residencia Permanente, a favor del solicitante.
5. Cuatro fotos tamaño carné con el nombre del solicitante escrito al dorso.
6. Copia autenticada del carnet de residente permanente.

Para la prórroga se debe adicionar el pagó de nueve (9) cuotas del Seguro Social o declaración de renta con su respectivo paz y salvo por la Dirección General de Ingresos.

Permiso de Residente Permanente por Leyes Especiales. Tratado de Amistad, Comercio y Navegación entre la República de Panamá y la República de Italia.

El «Tratado de Amistad, Comercio y Navegación entre la República de Panamá y la República Italiana», fue firmado en 1966 y ratificado por la ley 15 con la finalidad de que los ciudadanos italianos gocen en el territorio de Panamá de un tratamiento como «residentes».  Así, cualquier persona con nacionalidad italiana, pueden aplicar a esta visa y ser residentes de por vida en la República de Panamá. 

Requisitos:

1. Poder y Solicitud (notariado).
2. Tres (3) fotografías.
3. Copia debidamente cotejada del pasaporte (Notario o Aut. correspondiente).
4. Certificado de Antecedentes Penales.
5. Certificado de Salud.
6. Cheque Certificado por B/250.00 a favor del Tesoro Nacional.
7. Formulario de Declaración Jurada de Antecedentes Personales.
8. Documento que demuestre la finalidad para establecer su residencia (actividad económica o profesional a realizar).
9. Copia del documento de identidad o carné de residencia italiano.
10. Prueba de que el residente cuenta con la solvencia económica suficiente, la cual podrá acreditarse mediante una certificación bancaria o estado de cuenta del último mes que refleje saldo de por lo menos cuatro cifras medias.
11. En caso de dependientes: Carta de responsabilidad. / Constancia de parentesco / Prueba de domicilio.

Permiso de Residente Permanente Personal Extranjero contratado por Empresas Privadas dentro del 10% del personal ordinario.

Este Permiso de Residencia permite a los extranjeros de todas las nacionalidades, que tengan una oferta de trabajo emitida por una empresa privada, que cuente con al menos 10 trabajadores panameños por cada extranjero que desea contratar, solicitar primero su residencia provisional por 2 años y luego su residencia permanente en el país. El salario mínimo deberá ser de USD 850.00 mensuales para aplicar a este Permiso de Residencia. 

Requisitos:

1. Poder y Solicitud (notariado).
2. Tres (3) fotografías.
3. Copia debidamente cotejada del pasaporte (Notario o Aut. correspondiente).
4. Certificado de Antecedentes Penales.
5. Certificado de Salud.
6. Cheque Certificado por B/.250.00 a favor del Tesoro Nacional.
7. Cheque Certificado por B/.800.00 a favor del Servicio Nacional de Migración.
8. Formulario de Declaración Jurada de Antecedentes Personales.
9. Contrato de Trabajo refrendado por el Ministerio de Trabajo.
10. Carta de Trabajo en papel membrete de la empresa, firmada por el
11. representante legal de la empresa en que conste cargo y salario.
12. Copia del Aviso de Operación de la Empresa.
13. Copia simple del Certificado de vigencia de la empresa emitido por el Registro Público.
14. Permiso de Trabajo.
15. Comprobante de afiliación a la Caja del Seguro Social y copia del carné.
16. Paz y Salvo Nacional de Rentas de la empresa.
17. En caso de dependientes:
◦ Carta de Responsabilidad.
◦ Constancia de parentesco.
◦ Prueba de domicilio.
◦ Mayor de 18 años, presentar certificado de soltería y estudios certificados.

En caso de Prórroga se presentarán los requisitos anteriores con excepción del certificado de Antecedentes Penales, comprobante de afiliación a la CSS y los cheques.

Adicionalmente deberá aportar:

1. Certificación de la Caja de Seguro Social (9 cuotas consecutivas).
2. Paz y Salvo Nacional de Rentas del Solicitante.

Observaciones: Se otorgará Permiso de Trabajo.
• Permiso de Residente Permanente por razones de Solvencia Económica por inversión en Bienes Inmuebles.

Permiso de Residente Permanente por razones de Solvencia Económica por inversión en Bienes Inmuebles.

El Extranjero que invierta la suma mínima de trescientos mil balboas (B/.300,000.00) en bienes inmuebles y demuestre que los fondos provienen del extranjero, podrá optar a este permiso de residencia.

Este Permiso será por término de dos (2) años, luego de transcurrido este período el solicitante podrá optar por la residencia permanente. Para incluir dependiente debe adicionar la inversión de B/.2,000.00 por cada dependiente, la cual puede justificarse por referencia bancaria local.

Requisitos:
1. Poder y Solicitud (notariado).
2. Tres (3) fotografías.
3. Copia debidamente cotejada del pasaporte (Notario o Autoridad correspondiente).
4. Certificado de Antecedentes Penales.
5. Certificado de Salud.
6. Cheque Certificado por B/.250.00 a favor del Tesoro Nacional.
7. Cheque Certificado por B/.800.00 a favor del Servicio Nacional de Migración.
8. Formulario de Declaración Jurada de Antecedentes Personales.
9. Certificación del Registro Público que compruebe la propiedad de los bienes inmuebles, a título personal del solicitante con un valor mínimo de trescientos mil (B/. 300.000.00). La certificación debe indicar que la finca está libre de gravámenes.
10. En caso de dependientes:
10.1. Carta de responsabilidad.
10.2. Constancia de parentesco.
10.3. Prueba de domicilio.
10.4. Mayor de 18 años presentar certificado de soltería y estudios certificados.

Para Solicitar la Permanencia Definitiva se presentarán los requisitos anteriores con excepción del Certificado de Antecedentes Penales y los cheques. Adicionalmente, deberá aportar: 1. Paz y Salvo Nacional de Rentas a favor del solicitante.

Equipo

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